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Varias comunidades autónomas y el impuesto sobre sucesiones y donaciones

liquidar una herencia o donación

liquidar una herencia o donaciónCuando toda la familia vive en el mismo sitio, liquidar los impuestos de una donación o una herencia resulta algo normal, se hace en tu comunidad autónoma, en la consejería de economía y hacienda,… pero cuando unos viven en Andalucía y otros por ejemplo en Galicia, la cosa cambia cambia ¿dónde se presenta la declaración aquí o allí?

Dejando a un lado las molestias que en este caso nos ocasiona la política, seamos prácticos, ya que a quien multan si nos equivocamos es a nosotros… El tema lo podemos resumir así:

En caso de fallecimiento (herencia), manda el domicilio del difunto. Da igual que cada hijo viva en una punta de España, si el padre vivía en Granada todos deben presentar su declaración del impuesto sobre sucesiones en Andalucía.

En vida (donaciones), manda en primer lugar el inmueble y luego el domicilio de quien recibe la donación. Así si un hombre que vive en Granada regala un piso en Madrid a su hijo que vive en Galicia, hay que presentar la declaración del impuesto sobre donaciones en Madrid, donde radica el inmueble. En cambio si lo que le dona es dinero para comprarse un piso, la declaración de donaciones tendrá que presentarla en Galicia.

El tema no es menospreciable, ya que cada comunidad autónoma regula sus propias deducciones, y las diferencias de tributación de un sitio a otro son más que considerables, llegando a ser del 99% del coste de un impuesto que suele suponer miles de euros.

Retenciones tras bajar el IRPF en julio 2015

boe

boeLa bajada del IRPF aprobada el viernes y publicada el sábado 11 de julio de 2015 tiene como consecuencia inmediata la reducción de las retenciones, tanto para trabajadores como para profesionales. Ya sabemos que retenciones y renta no es lo mismo, más bien al contrario inducen a mucho error sobre todo entre los profesionales así que cuidado, y si tienes dudas consulta con su asesoría fiscal.

Los profesionales veníamos aplicando con carácter general una retención del 19%, dos puntos menos de la aplicada en 2014, e igual que la retención que se practica a quienes imparten cursos, conferencias… pues esta retención se reduce a la que se aplicaba antes de que entráramos en crisis, y no me refiero a la económica sino a la fiscal de Montoro, volvemos al tradicional 15%.

Debemos agradecer al legislador que haya tenido cordura y, contradiciendo al telediario, no haya retrotraído la entrada en vigor de la nueva norma al 1 de julio, sino que se aplica desde el día 12 de julio de 2015. Es decir, los profesionales que facturan a primeros de mes habrán emitido ya su factura con el 19% de retención, mientras que quien lo haga por ejemplo el día 15 incluirá el nuevo tipo del 15%.

Para los trabajadores se aplica la siguiente tabla en aras a determinar su tipo de retención:

retenciones 2015

 

La retención de alquileres también se modifican, para molestar porque no tiene otra explicación, y se reducen del 20% al 19’5%, recuerda para todas las facturas de alquiler que se hagan desde el 12 de julio, o sea, ya para agosto.

Recordemos que en cualquier caso la retención no es más que una entrega a cuenta del IRPF, no significa pagar más o menos impuesto, es una especie de anticipo y ya ajustaremos cuentas cuando hagamos la declaración de la renta el año siguiente.

Baja el IRPF

escala renta 2015

boePor fin hoy día 11 pasamos de tener noticias de telediario a realidades publicadas en el BOE. La reducción del IRPF ya ha llegado, y como era de esperar, no ha sido tan buena como era de esperar sino que se queda a medio camino.

La idea era anticipar la reducción de la escala prevista para 2016, pero Montoro ha pensado que como se hace a mitad del año, pues que vamos a aplicar sólo la mitad de la reducción porque si no es muy complicado para las pobres empresas. Sin comentarios.

El caso es que ya tenemos una pequeña rebaja fiscal con la que la escala se queda como sigue:

Vemos como escala renta 2015pasamos de pagar el 21% para los ingresos que no superan los 12.450 al 20% en 2015 y ya para el año próximo al 19%.

La mayoría de la gente se sitúan como mucho en el cuarto tramo de esta escala, pagando entre el 20% y el 39% de sus ingresos, frente a la horquilla 24-42% que veníamos soportando en 2014. Visto así si se aprecia una mayor reducción del impuesto que notaremos en nuestros bolsillos a través de las retenciones.

Las nóminas de julio no tienen por qué recoger ya esta reducción. De hecho las empresas podrían esperar hasta la nómina de octubre para hacerlo, aunque lo más normal es que en agosto ya todas recojan esta situación, puesto que por a diferencia de lo que se piensa en la calle, la empresa no gana nada calculando erróneamente las retenciones, salvo que le pongan una multa claro.

En cualquier caso, esta reducción de impuestos, como todos es muy bienvenida.

 

Calendario fiscal Julio, el trimestre

Calendario fiscal Julio, el trimestre

Calendario de hacienda para julio 2015¡Ya estamos en trimestre! Toca acercarte a tu asesoría fiscal en Granada y entregar toda la documentación, cuanto antes mejor, para preparar el trimestre.

Si además cuentas con asesoramiento financiero, no habrá sorpresas, y si no , tu experiencia seguro que ya te dice por donde van los tiros.

El día 20 presentamos todos los modelos trimestrales: retenciones, IVA, pagos fraccionados. Gestiones más que asesoramiento en estos días de presentación de declaraciones.

El día 27 es la cita para las sociedades y no residentes, les toca presentar su “renta”. En estos casos la asesoría se vuelve imprescindible, no sólo por el asesoramiento para minimizar la carga fiscal sino porque el simple hecho de confeccionar la declaración ya requiere una serie de conocimientos técnicos y software informático que no merece la pena adquirir para una única empresa.