liquidar una herencia o donación

liquidar una herencia o donaciónCuando toda la familia vive en el mismo sitio, liquidar los impuestos de una donación o una herencia resulta algo normal, se hace en tu comunidad autónoma, en la consejería de economía y hacienda,… pero cuando unos viven en Andalucía y otros por ejemplo en Galicia, la cosa cambia cambia ¿dónde se presenta la declaración aquí o allí?

Dejando a un lado las molestias que en este caso nos ocasiona la política, seamos prácticos, ya que a quien multan si nos equivocamos es a nosotros… El tema lo podemos resumir así:

En caso de fallecimiento (herencia), manda el domicilio del difunto. Da igual que cada hijo viva en una punta de España, si el padre vivía en Granada todos deben presentar su declaración del impuesto sobre sucesiones en Andalucía.

En vida (donaciones), manda en primer lugar el inmueble y luego el domicilio de quien recibe la donación. Así si un hombre que vive en Granada regala un piso en Madrid a su hijo que vive en Galicia, hay que presentar la declaración del impuesto sobre donaciones en Madrid, donde radica el inmueble. En cambio si lo que le dona es dinero para comprarse un piso, la declaración de donaciones tendrá que presentarla en Galicia.

El tema no es menospreciable, ya que cada comunidad autónoma regula sus propias deducciones, y las diferencias de tributación de un sitio a otro son más que considerables, llegando a ser del 99% del coste de un impuesto que suele suponer miles de euros.