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Escala o tramos de IRPF en 2023 para ANDALUCIA

Escala o tramos de IRPF en 2023 para ANDALUCIA

El IRPF en el año 2023, la renta que se presentará en 2024, viene con nuevos tipos impositivos. En la parte general de la base imponible, lo que afecta a sueldos y rendimientos es la siguiente:

Base liquidable:
Desde euros
Base liquidable:
Hasta euros
Tipo
Estatal
Tipo
Andalucía
Tipo
Total
              –      12.450,01 9,5%9,5%19,0%
   12.450,01    13.000,00 12,0%9,5%21,5%
   13.000,00    20.200,00 12,0%12,0%24,0%
   20.200,00    21.000,00 15,0%12,0%27,0%
   21.000,00    35.200,00 15,0%15,0%30,0%
   35.200,00    60.000,00 22,5%18,5%41,0%
   60.000,00  en adelante 24,5%22,5%47,0%

En la base imponible del ahorro, la escala ha subido y se queda como sigue:

Base liquidable del ahorroCuota íntegraTipo aplicable
6.000,001.140,0021%
50.000,0010.380,0023%
200.000,0044.800,0027%
300.000,0071.800,0028%

Es lo que hay, así que mejor saberlo.

Qué hacer en 2023 con el nuevo sistema de cotización de autónomos

Qué hacer en 2023 con el nuevo sistema de cotización de autónomos

Más obligaciones, más sanciones… tomemos nota y a seguir haciendo el trabajo burocrático que levanta el país.

Desde que tenga la amabilidad, sin prisa (nada de que el 1 de enero ya esté disponible; edito esta entrada el día 8 de febrero que acabo de ver disponible ya la opción de comunicarlo), los funcionarios de la Seguridad Social de habilitar la posibilidad de que comuniquemos nuestra previsión de ingresos para cumplir nuestra nueva obligación sancionable, y por supuesto hasta el 28 de febrero bajo pena de sanción, tendremos que comunicarla a través del portal Importass.

Una vez comunicada la nueva cuota se nos aplicará desde el mes de marzo, con lo que ya llevamos dos meses mal calculados sí o sí…. que eficacia., era imposible habilitar el sistema antes de que acabase 2022, que los funcionarios no son autónomos a los que se pueda multar si no cumplen los plazos que arbitrariamente se les imponen para hacer el trabajo de los demás.

En marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre se puede modificar la base de cotización elegida, que habrá que comunicar en los dos meses anteriores (por ejemplo si comunicas en julio-agosto, el primer recibo modificado será el de septiembre).

Hasta el mes de octubre tenemos plazo para comunicar actividades y nuestra participación en sociedades, para que tengan toda la información necesaria para sancionarnos en caso de no haber leído la letra pequeña, si se te ocurre organizar tu negocio como una SL en lugar de persona física se reduce una deducción genérica del 7% al 3%, no vayamos a ser que se fomente la creación de empresas, y mucho menos que crezcan, que aquí hay que ser autónomo puro y ganar lo justo para pagar las sanciones.

Cotización autónomos 2023

Cotización autónomos 2023

Se ha aprobado un nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social de los autónomos que entra en funcionamiento en 2023 y que nos irá subiendo gradualmente las cuotas a pagar en los próximos años a la inmensa mayoría de nosotros.

Actualmente podíamos elegir nuestra base de cotización entre la mínima y la máxima. Con el nuevo sistema, la horquilla de bases mínima y máxima no es igual para todos sino que depende de tu nivel de ingresos. El nivel de ingresos es el que saldrá de tu renta (sí, tenemos que adivinar el futuro y luego ir corrigiendo las previsiones), sin tener en cuenta los gastos de seguridad social y restando un 3% adicional si eres autónomo societario (en este caso hay que añadir los dividendos como ingresos, de locos) o un 7% en otro caso.

Una vez estimado el nivel de ingresos del año, divides por 12 y consultas la tabla:

Una vez conozcas tu tramo puedes consultar la cuota a pagar, según la base que elijas entre la mínima y máxima de tu tramo en la propia calculadora de cuotas para autónomos de la seguridad social. Si por ejemplo estás en el tramo 3, es decir, ganas entre 1.500 y 1700 euros según el cálculo explicado, pagarás entre 294€ y 520€.

En enero tendremos que comunicar qué tramo elegimos y empezar a asumir el nuevo aumento de costes.

Nuevos tiempos con Hacienda

Nuevos tiempos con Hacienda

El mundo digital ha llegado para quedarse y poco a poco también está invadiendo el mundo de la asesoría fiscal. Hacienda, como el resto de administraciones, cada día exige más trámites online y cierra los tradicionales canales de comunicación directa. El año próximom, 2023, desaparece la predeclaración de IVA, de forma que ya no será posible imprimir en papel el modelo trimestral para que el cliente vaya al banco a pagarlo. A partir de ahora, o bien se domicilia el pago del tributo o bien será imprescindible pedir NRC para su posterior presentación online. Todo esto está muy bien, pero claro, ya puestos lo suyo sería facilitar las cosas tanto al contribuyente como a sus asesores, y ya que han habilitado el pago con tarjeta bancaria que permitiesen el mismo aunque el titular de la tarjeta no sea el titular del certificado que presenta el modelo, pues como es sabido los asesores presentamos modelos de los clientes sin que éstos nos den una tarjeta de crédito a nuestro nombre.

Bienvenida sea la tecnología, pero si en lugar de facilitar las cosas pone más piedras en el camino ya complicado del contribuyente, no es raro que se piense que cualquier tiempo pasado fue mejor.

Deducción andaluza por estudios

Deducción andaluza por estudios

Por fin se han decidido a establecer una deducción en la renta en Andalucía por estudios aunque bastante limitada: 150 euros anuales por descendiente.

Para tener derecho a la deducción andaluza por gastos educativos tu base imponible no debe superar los 80mil euros, un límite razonable en la renta. Da derecho a deducir únicamente las enseñanzas de idiomas e informática, nada de matemáticas o lengua ni cosas así… Tienes que ser el que efectivamente satisfaga el gasto así que ojo, en las parejas, a ver quien paga…

Por el lado flexible, si pagas un curso en instituto por ejemplo, se considera que se destina a idiomas la parte proporcional de lo que hayas pagado que corresponda a las asignaturas de idiomas… ya sabes, toca tirar de matemáticas.

La deducción por gastos educativos será de un 15% de lo pagado, pero ya sabes, con el límite de 150 euros… menos es nada. Suerte y ¡a estudiar!

Limitación de pagos en efectivo 1.000 euros

Limitación de pagos en efectivo 1.000 euros

Ya tenemos aquí la esperada limitación de cobrar y pagar en efectivo hasta mil euros, siempre que uno de los que intervengan en la operación sea un empresario o profesional.

Esta limitación, que venía estando en 2.500 euros, se ha visto reducida a sólo mil desde la entrada en vigor de la ley 11/2021, de 9 de julio, publicada el día 10 y por tanto con entrada en vigor desde el día 11 de julio de 2021.

Así que toma nota, y toda operación que realices por un importe superior a mil euros tendrás que abonarla o cobrarla por un medio electrónico o similar… vamos, que los billetes de 500 se van a usar más bien poquito.

Cualquier duda, cuenta con tu asesoría en Granada para resolverla, estaremos encantado de atenderte.

Escala de IRPF 2018 en Andalucia (Tramos IRPF)

Escala de IRPF 2018 en Andalucia (Tramos IRPF)

Todos los años vemos la situación del IRPF en nuestra querida Andalucía. Lo que pagamos cuando hacemos nuestra declaración renta es una suma de dos cantidades: por un lado lo que establece
la Junta de Andalucía y por otro el Estado, y este año nos puede suponer pagar hasta un 48% de nuestros ingresos marginales.

Como cada año, hay una gran diferencia entre no pagar nada de nada y empezar a pagar nada menos que un 19’5% de los siguientes 12.450 euros, para ir subiendo velozmente hasta el 30%-38% que pagan aquellos contribuyentes cuyos ingresos oscilan entre los 20 y los 60 mil euros, llegando finalmente a pagar hasta el 48% quienes que ganen más de 120.000 euros

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Aunque sea simplemente como consuelo, recordar que lo deseable es pagar lo máximo posible en este impuesto, ya que es un buen indicador de lo que ganamos, lo máximo posible, y ello porque a pesar de que nos cueste casi la mitad aún nos quedará la otra mitad para disfrutarla. Cosa distinta es que cada uno sopese, sabiendo lo que paga de impuesto, y por tanto lo que te queda para disfrutar, si merece la pena echar esas horas extras o es mejor pasarlas con la familia, los amigos, o simplemente corriendo.

En cualquier caso, no dediques tu tiempo a los impuestos que para eso estamos nosotros, tu asesoría fiscal en Granada.

La nueva ayuda para madres trabajadoras… periodistas desinformadores

La nueva ayuda para madres trabajadoras… periodistas desinformadores

Una vez más quema el whatsapp y el móvil, porque como es habitual los periodistas escriben dogmas de fé e infunden la ansiedad en el público que enseguida llama para preguntar por lo suyo y, en alguna ocasión, incluso llega a dudar de profesionales como nosotros ya que “el periódico ha dicho”…

Yo lo entiendo, el texto que aparece en ideal, subrayado en la imagen, no deja lugar a dudas, no puedes dormirte en los laures y si eres madre trabajadora con un hijo en la guardería tienes que correr y pedir tu papel antes del 15 de febrero o perderás nada menos que mil euros…., en otros lugares lugares como los habituales foros, se llega más allá y se dice que son las madres quienes tienen que presentar el modelo 233… menos mal que Hacienda también está en la web, y ha tenido a bien publicar una pregunta frecuente que dejará a todas tranquilas:

Lo han clavado, para que luego digan que lo hacen todo mal… Creo que está bastante claro que es la guardería la que tiene que presentar el modelito nuevo, el 233, que por cierto a fecha 16 de enero aún no está disponible. Y también está más que claro que las madres no tienen que pedir ningún certificado. Sólo quisiera poder pasarle una factura a Ideal y compañía por el tiempo que hemos perdido en calmar a quienes se han soliviantado por un error periodístico, porque desde luego yo hace ya años que no creo nada de lo que leo salgo que lo que esté leyendo sea el BOE.

Devolución de la prestación por maternidad

Devolución de la prestación por maternidad

No puede haber peor titular que una verdad a medias… llevamos toda la semana escuchando y leyendo en los medios que el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que van a devolver mucho dinero a todas las mujeres que hayan sido madres en los últimos años y hayan cobrado su prestación por maternidad… bueno más o menos.

El tema es que cuando una mujer trabajadora da a luz tiene un período de baja en el que cobra una prestación: la prestación por maternidad. Esta prestación se considera un rendimiento del trabajo y se suma al resto de rentas que tenga: sueldo, rendimiento de actividad, alquileres… Con todo, se hace la declaración de la renta, y según lo que se gane se paga más o menos impuestos, y eso incluye a personas que no pagan nada de nada. A estas últimas personas obviamente no les van a devolver nada de nada, puesto que menos que cero no se puede pagar. Así que aquí tenemos nuestra verdad a medias: DEVOLVER, es el verbo clave, y para que te devuelvan algo es imprescindible haberlo pagado antes.

Así que, por ejemplo, aquellas madres que trabajan a media jornada, con un sueldo por ejemplo hasta los 700€ mensuales, que hacen su renta individual, casi con toda seguridad no pagaron nada y por tanto no deben esperar devolución alguna. Las madres empresarias, tienen que tener en cuenta que, por su especial forma de tributar, dedujeron unos 2.000 euros que no tributaron, por lo que sólo empezaríamos a hablar en caso de que la prestación supere ese importe, y además siempre que el negocio esté en beneficio y por un importe suficientemente alto como para pagar impuestos….

A esto hay que sumar la complicación de aquellos casos en los que se haya hecho de forma conjunta… pero vamos, que en general, toda aquella mujer que quiera obtener su devolución sólo tiene que rellenar un escrito de los muchos modelos que encontrará en Google gratuitamente y presentarlo en Hacienda. Por supuesto, se puede también acudir a una asesoría como la nuestra, y pagar a un profesional que rellenará un escrito similar, aclarará las dudas que se puedan tener y sobre todo calculará el importe a solicitar.

¡Suerte a todas!

Peritaje en la Audiencia de Palma de Mallorca

Peritaje en la Audiencia de Palma de Mallorca

Esta seperito judicial economistamana hemos tenido  que desplazarnos hasta Palma de Mallorca para intervenir en un proceso judicial ante la Audiencia como perito forense. En calidad de economista acudimos para contestar las preguntas de defensa y fiscalía en relación a un informe previamente elaborado, en el que se realizaba un análisis económico de una empresa sobre la que pesaba una acusación por estafa. El Diario de Mallorca estuvo toda la semana cubriendo la noticia, con esa libertad de prensa que caracteriza a todos los medios. Una experiencia que recordaremos, porque estar frente a tres magistrados, una fiscal, acusación particular y defensa siempre impone, y  con público y prensa detrás aún más si cabe.

Esperemos que todo vaya bien y la justicia dicte la sentencia que corresponda, esperando haber aportado luz al caso, y aclarado las dudas de unos y otros para que tomen sus decisiones.

Ya en Granada de nuevo, nos ponemos manos a la obra, que estamos ya en octubre y toca nuevo trimestre, que puede que hayamos cambiado a Montoro por Montero, pero los impuestos hay que seguir pagándolos exactamente igual.