deduuccion por hijo en rentaNo queremos exponer en este blog las múltiples combinaciones que existen, pues nos extenderíamos demasiado para esta serie de posts relacionados con la declaración de la renta, pero sí que queremos aclarar lo que hemos visto que supone mayor confusión para todos los divorciados que hacen su declaración de la renta.

No se puede elegir quien desgrava por un hijo en la declaración de la renta. Sí, el error más común al hacer la declaración de la renta es que la ex-pareja cree que puede “acordar” quién puede deducir por descendientes por el hijo común, ya sea que los desgrava él, ella o que la deducción se reparta a medias entre las dos rentas.

La deducción por descendientes es un derecho que tienen los contribuyentes de la renta y como tal está sujeto a una serie de requisitos. Quien cumpla los requisitos tendrá derecho a la deducción y quien no los cumpla no podrá deducir. Los requisitos básicos son:

– Para deducir por un descendiente en la renta tiene que haber vínculo de sangre o adopción, o somos padres naturales o adoptivos, los “padrastros y madrastras” no tienen estos derechos.

– Para deducir en la renta por un hijo hay que convivir con él. En caso de divorcio, salvo custodia compartida, es imposible que conviva con ambos, de ahí que no se pueda negociar la deducción.

Evidentemente, estas dudas no sólo afectan en casos de divorcio, también cuando no existe matrimonio entre los padres. En estos casos, los líos entre el empadronamiento, el domicilio, la ausencia de matrimonio… suelen dar lugar a mucha confusión sobre quién tiene derecho a desgravar por un hijo en la renta. Nuestro consejo en estos casos es sin duda que acudan a Hacienda o a un profesional para hacer su renta al menos un año, ya que son casos muy vigilados que dan lugar a sanciones en demasiadas ocasiones.