Desde el día 21 de octubre de 2015, se eleva el límite desde los 18.000 hasta los 30.000 euros para no tener obligación de presentar garantía al solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias gestionadas por la Hacienda Estatal.

Esta ampliación, que por un día no podemos disfrutar para los modelos del 3T de 2015, nos servirá especialmente para que en enero de 2016 podamos aplazar deudas hasta 30.000 euros de forma más rápida, con menos burocracia… y con menos costes.

No olvidemos que esta exención de garantía no es óbice para que haya deudas que por su naturaleza resultan inaplazables.

Recuerda que esto es únicamente para la hacienda Estatal, no para tu comunidad autónoma ni para ayuntamientos, que se rigen por sus propias normas.

Y como no todo en empresa es Hacienda, recuerda que este es un tema financiero, una vía de financiación más, ni mejor ni peor, que requiere de un estudio comparado y de una adecuación a las necesidades de tu empresa. Y si tienes dudas ya sabes que cuentas en Granada con Ecoboga, tu asesoría fiscal que domina los temas financieros.