Ya está aprobado el tipo de interés legal del dinero para 2015, fijado en el 3’5% lo que supone bajar medio punto tras cinco años en lo que se ha mantenido constante.

El tipo de interés de demora, venía siendo un punto adicional, pero en esta ocasión se ha fijado en el 4.375%. Este es el tipo de interés que se utiliza para calcular los intereses de demora cuando nos retrasamos en el pago de un impuesto, y también cuando es la Administración la que se retrasa en devolvernos un impuesto. El más habitual en este último caso es la devolución de la renta más allá de noche vieja, que lamentablemente se está convirtiendo en una práctica excesivamente habitual.

Así que ya lo sabes, el tipo de interés legal queda en el 3’5% y el de demora en el 4,375%, y como siempre lo más barato es no pagar intereses aunque lo más rentable no tiene por qué serlo. ¿Sorprendido? necesitas un asesor financiero.