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Asesoria fiscal en Granada, un economista y un abogado tributario a su lado
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El IBI, lo que antiguamente se llamaba «la contribución», es un impuesto local, un impuesto de  los Ayuntamientos, aunque muchos de ellos tienen cedida su recaudación a la Diputación de Granada  o la provincia que corresponda.   Es un impuesto periódico (todos los años) y masivo, que NO se notifica individualmente sino de  forma colectiva al publicar en los boletines oficiales el plazo de pago de cada año. Por tanto, el que  nos llegue el recibo a casa es “un favor” que nos hacen, y por supuesto si por cualquier motivo no  llega no nos exime de pagarlo. Por tanto, más vale estar atento para evitar los recargos por pagar  fuera del plazo legalmente establecido, y si somos olvidadizos pues nada como domiciliarlo, y además  es posible que nos beneficiemos de un pequeño descuento.  Así que si te llega un aviso de embargo, que eso sí que hay que notificarlo, podrías  perfectamente recurrirlo y desde esta asesoría fiscal te aseguramos que lo ganarías, no porque no te  haya llegado el recibo sino porque no te han notificado el apremio (el recargo no por pagar en plazo,  notificación que debe ser previa al inicio de las actuaciones de embargo). Sin embargo, no tendrías  ningún beneficio (más allá del moral) por esta victoria legal, ya que simplemente te notificarían el  apremio y pagarías prácticamente lo mismo (un poco menos, pero no compensaría el coste de pagar  el recurso), así que el mejor asesoramiento que podemos ofrecerte es que lo pagues, y domicilies el  IBI para el año siguiente. 

¿Cuándo me han notificado el IBI