Saltar al contenido principal

2016 Calendario fiscal Diciembre

2016 Calendario fiscal Diciembre

2016 Calendario fiscal diciembre

El año está tocando a su fin, y con él llega el cierre del ejercicio. Este es un mes para preparar el trabajo, adelantar todo lo que se pueda para que en enero no nos pille el toro.

Pasado el puente tenemos sólo una cita con hacienda, la habitual del día 20 para los modelos mensuales. Por tanto, para la mayoría de las empresas se trata de un mes de transición, donde simplemente se trata de no descuidar el trabajo continuo, pues ya no quedan meses en el año para recuperar lo que se retrase.

Hay que poner especial interés en conseguir todas las facturas pendientes, pues cuantas menos facturas se reflejen en un ejercicio fiscal diferente al de su emisión mejor para todos.

Si tenemos planificación financiera el trabajo es más arduo. Control de presupuestos, revisiones, análisis y toma de decisiones. Es un buen momento para chequear todos los clientes, tanto para un control rutinario como para un análisis más exhaustivo.

En cualquier caso, es un mes alegre por la Navidad, así que recuerda que hacienda seguirá ahí el año que viene, y trata de disfrutar estas fechas sin agobios fiscales.

Feliz Navidad desde tu asesoría fiscal en Granada, y si te portas bien, quizás te traigan un análisis financiero los reyes 🙂

Reformas fiscales en diciembre 2016

Reformas fiscales en diciembre 2016

reforma fiscal 2016Ya está publicado en el BOE el real decreto ley que aprueba las nuevas medidas tributarias. La mayoría de ellas afecta sólo a grandes empresas, las que facturan más de 20 millones de euros, que no vamos a comentar.

En el impuesto sobre sociedades, se elimina la posibilidad de deducir provisiones por posible pérdida de valor de tu inmovilizado, incluyendo el fondo de comercio. Se introducen modificaciones en relación a la tributación cuando se participa en otras empresas, sobre todo extranjeras, limitando las deducciones por doble imposición.

El impuesto sobre el patrimonio se prorroga un año más.

Pero es en la Ley General Tributaria, esa norma rara, donde se introducen las medidas que más nos afectan. Se trata de dos nuevos supuestos donde NO se puede pedir un aplazamiento a Hacienda: los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades y una devastadora letra f:

«Las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas

Es decir, que se limita el aplazamiento del IVA, el más utilizado, porque ya sabemos que justificar “debidamente” significa que Hacienda entenderá que sí o no según le venga en gana a Montoro. Una medida que sin duda afectará a la tesorería de muchas empresas. Además obliga a hacer mejores previsiones para evitar sustos de última hora.

Se incluye  una actualización del valor catastral, lo que supone no sólo una subida del IBI sino también de otros impuestos, puesto que el valor catastral se usa para determinar el valor de mercado de los inmuebles a la hora de liquidar los impuestos derivados de compra-ventas y herencias: plusvalía (IIVTNU), sucesiones y donaciones, TPO, renta…

Si tienes dudas con estas modificaciones ya sabes que cuentas con una asesoría fiscal de confianza en Granada.

Centro Comercial Nevada, inauguración

Centro Comercial Nevada, inauguración

centro comercial nevadaAyer 22 de noviembre de 2016 se inauguró en Granada un majestuoso centro comercial, el NevadaShopping, tras más de 20 años de idas y venidas.

Tuvimos el placer de ser invitados a la inauguración por uno de nuestros clientes, y pudimos comprobar de primera mano el tamaño de las instalaciones, la calidad y buen gusto con el que se han diseñado, y las tiendas de una y otra índole que se han instalado en el centro comercial, a las que deseamos lo mejor.  El cóctel de bienvenida que ofreció Tomás Olivo estuvo a la altura del Centro Comercial, y pudimos disfrutar en un ambiente distendido de encuentros con compañeros de profesión, clientes y amigos, mientras comentábaminauguración del Nevadaos diferentes aspectos del Centro según hablásemos con unos u otros.

Sin duda frecuentaremos el Centro, no sólo por nuestros clientes, sino por los negocios abiertos, que aseguran un buen rato de ocio. Destacar la variedad de los mismos en todos los sentidos, incluido el que por nuestra profesión no pudimos dejar de destacar, y es que no vemos que todos los que ayer celebraron la inauguración puedan repetir festejo dentro de cinco años.

Nuestra mirada también se fijó en los diseños de las tiendas, unos más acertados que otros, que en conjunto dejaron un buen sabor de boca, aunque algunos han sido diseñados por agentes que en nada conocen la plaza y sus gustos. La luz y la amplitud es sin duda lo que más destaca, y que aún queda mucho trabajo por hacer, pues son numerosos los carteles de próxima apertura… muy español.

Sin duda una gran velada en esta Granada nuestra que tanto nos gusta. Y por cierto… no vamos a abrir oficina en el Centro Comercial Nevada, seguiremos atiendo en el Centro de la Ciudad.

 

Prestaciones por maternidad ¿exentas?

Prestaciones por maternidad ¿exentas?

Se acaba de publicar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que entiende que las prestaciones por maternidad percibidas del INSS están exentas en el IRPF, es decir, que no tienen que pagar este impuesto.

Esta interpretación judicial es contraria a la que efectúa la Dirección General de Tributos, en consultas VINCULANTES, que son a las que se tienen que atener los funcionarios de Hacienda en su trabajo.

El quid legal de la cuestión consiste en que el párrafo de la letra h) del artículo 7 de la ley del IRPF, dice:

igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad

El Tribunal ha interpretado que esta frase comprende las prestaciones por maternidad, mientras que la Administración entiende que no están incluidas. Digamos que la interpretación de Hacienda es más estricta, ya que únicamente considera exentas las prestaciones que directamente se relacionen con el momento del parto, mientras que el Tribunal lo ha entendido en un sentido más amplio y generoso incluyendo las prestaciones que se cobran los meses siguientes al parto con motivo de la baja de maternidad.

Sea como fuere, nuestro despacho es muy práctico, y más allá de discutir si tiene razón uno u otro, lo que nos interesa aquí es que, por ejemplo en Andalucía, si mañana no declaras la prestación por maternidad en tu renta ten por seguro que te llegará una liquidación paralela de hacienda incluyéndola, con el regalo de una sanción. Puedes recurrirla y alegar la sentencia de Madrid, pero Hacienda contestará con la Ley y sus consultas vinculantes (puede incluso que se tome la molestia de explicarte que una sentencia de Madrid no es jurisprudencia y por tanto no les vincula). Puedes ir al TEAR, sin abogado, pero casi con toda seguridad te dirán lo mismo (aquí hay una pequeña esperanza,  pero más que pequeña es minúscula). Y si realmente quieres conseguir la exención tendrás que ir a la jurisdicción contencioso-administrativa, es decir, abogado y procurador. Luego ganarás o no el juicio, que no todos los tribunales son iguales, y francamente la interpretación de Hacienda no es nada descabellada, puesto que las exenciones son listas cerradas y restrictivas, y las prestaciones de maternidad no derivan del nacimiento en sí mismo sino de la baja que éste conlleva.

La decisión es tuya, nuestra labor es sólo informarte del proceso y sus consecuencias, para que sea una decisión responsable.

2016 Calendario fiscal noviembre

2016 Calendario fiscal noviembre

2016 Calendario fiscal  noviembreEl mes de noviembre desde el punto de vista fiscal es un mes de otoño, donde contemplar las hojas caer y recoger frutos. Es momento más para reflexiones y planificaciones que para preocuparnos del papeleo propio de un trimestre.

Acabamos de presentar el tercer trimestre y aún queda para el cuarto y último, hay que ir preparando cosillas pero de forma sosegada, sin atropellos, que se acerca el cierre del año y es el momento de ver cómo vamos y qué tenemos que hacer antes de acabar el ejercicio. Es un buen momento para repasar las amortizaciones por ejemplo.

Quizás lo más destacado sea que el día 7 nos pasarán el recibo del segundo pago del impuesto sobre la renta, a aquellos que resultando a pagar optaron por fraccionarlo. Recuerda que este pago es más pequeño, sólo el 40%, ya que el primero fue del 60%. Es decir, esta vez parece que tengas un descuento del 33%…

Por otro lado el día 21 vencen las declaraciones mensuales. Y tenemos hasta final de mes para inscribirnos o darnos de baja del registro de devolución mensual de IVA, con sus ventajas e inconvenientes. Mismo plazo para la solicitud de aplicación del régimen de deducción común para sectores diferenciados en IVA, una de esas cosas que sin duda justifican nuestra profesión.

Así que vamos con noviembre, a dedicarnos a asesorar para tratar de reducir al máximo la siempre dolorosa factura fiscal. ¡Ah!, y el día 1 no se te ocurra trabajar que es fiesta.

2016 Calendario fiscal Octubre

2016 Calendario fiscal Octubre

2016 Calendario fiscal octubreEstamos en trimestre una vez más y las asesorías de Granada y del resto de España entramos en un nuevo periodo con carga extra de trabajo.

En el mes de octubre tenemos que presentar los modelos correspondientes al tercer trimestre, es decir, el que incluye todas las facturas de julio a septiembre. Los pagos fraccionados de renta y sociedades, el IVA y las retenciones. El plazo es el habitual, hasta el día 20 incluido, limitándose al día 15 si pretendemos domiciliar el pago del tributo.

A final de mes vence un plazo curioso, el de solicitud o renuncia de cuenta corriente tributaria. Es más curiosidad que otra cosa, porque es un sistema que tiene sentido para muy pocas empresas, así que lo más normal es que ni siquiera hayas oído hablar de él.

Como siempre te recomendamos facilitar la información a tu asesor lo antes posible, pues cuanto mayor sea el plazo para su mecanización menor la posibilidad de cometer errores.

¡Ah! Y recuerda que los gastos deducibles son aquellos que tienen relación con los ingresos que obtiene la empresa, pero que por mucho que sea verdad que las vacaciones mejoran nuestra productividad Hacienda se empeña en considerar que es un gasto personal y por tanto no deducible…

El sábado va a ser inhábil

El sábado va a ser inhábil

sábados días inhábilesLo días inhábiles son los días que no se cuentan para los plazos que otorga la administración para cumplir cualquier trámite. Además son días en los que no puede concluir ningún plazo de presentación de documentos, de forma que automáticamente pasa al día siguiente. Ese es el motivo de que si el trimestre acaba un día 20, domingo, al ser inhábil el plazo se alarga automáticamente hasta el lunes 21. Más que nada sirve para no agobiarse el viernes si se cae la red o algo así.

El caso es que desde el día 2 de octubre de 2016, los sábados son considerados días inhábiles por ley, ¡por fin! Así, cuando ahora recibamos un requerimiento de Hacienda que nos da un plazo de 10 días para contestar, aportando o alegando lo que corresponda, si por ejemplo lo recibimos un viernes, tendremos dos semanas enteritas para contestar, los cinco días de la semana siguiente y los 5 de la segunda, ya que el sábado y domingo no se cuentan por ser días inhábiles. Antes, al contar los dos sábados el plazo vencía el miércoles en lugar del viernes de la segunda semana.

Parece una tontería, pero cuando recibe una carta un cliente, mientras se acuerda de hacérnosla llegar, y nosotros podemos verla… se pasan unos días que luego no tienes para pensar como atender el requerimiento de la mejor forma. Sin duda, lo ideal es que la comunicación entre el cliente y su asesor sea inmediata, pero esto de que los sábados dejen de contar…ayuda.

Y recuerda que esto es una norma de derecho administrativo, no de derecho tributario,  es decir, que se aplica el tema de los días inhábiles a todos los trámites que tengan que ver con la Administración.

2016 Calendario fiscal Septiembre

2016 Calendario fiscal Septiembre

2016 Calendario fiscal SeptiembreVolvemos de vacaciones de verano con un mes tranquilo. En Granada habremos cogido energía en la playa o la montaña, pues tenemos la suerte de poder disfrutar de ambos ambientes con apenas una hora de coche de diferencia.

Hacienda también vuelve, o mejor dicho, no se ha ido nunca, así que este mes toca ponernos al día y revisar que todo vaya según lo planeado. Hay que ir pensando en el trimestre que se avecina, pero es un buen momento para hacer planificaciones cara al cierre.

En septiembre hay que presentar las habituales declaraciones mensuales, especialmente de grandes empresas, y para el resto de mortales recordar que es el momento de liquidar el segundo cuatrimestre de esos impuestos raros como los medioambientales o los de fabricación. Así por ejemplo, es el momento de hacer la segunda declaración de gases.

En cuanto a la contabilidad es un buen mes para revisar las amortizaciones, antes de que el cierre del año, con toda su carga de trabajo nos obligue a confiar en que todo sigue bien. De vez en cuando conviene comprobar que las cosas que vamos haciendo automáticamente año a año se están realizando correctamente. Evidentemente no hay que revisar todas las empresas todos los años, pero sí tener un sistema rotativo que te garantice una revisión periódica de todas ellas.

Por último, cuando un cliente nos contrata como asesores financieros, este mes es clave para la consecución de objetivos presupuestarios, pues estando cerca del cierre del ejercicio aún permite cierto margen de maniobra. No se trata de la revisión mensual que vamos realizando, sino más bien, de una revisión global de todo el año.

Esperamos que vuelvas al trabajo con tanta ilusión como nosotros, tu asesoría fiscal y financiera en Granada.

2016 Calendario fiscal agosto

2016 Calendario fiscal agosto

2016 Calendario fiscal agostoAgosto, nuestro mes preferido, porque es cuando las asesorías fiscales bajamos el ritmo y nos tomamos unos días de vacaciones. Antes hay que adelantar trabajo, y al volver hacer todo lo que no hemos hecho en esos días, pero esos días…. toca descansar y recargar energía.

Hay tres fechas marcadas, pero básicamente afectan a las grandes empresas, entidades financieras, y agentes “especiales” como lo que están adscritos al sistema de devolución mensual de IVA.

Desde tu asesoría fiscal en Granada, que disfrutes de las vacaciones tanto como lo haremos nosotros. Por turnos eso sí, que los requerimientos de hacienda dan sólo 10 días para atenderlos…

Impuesto sobre sociedades

Impuesto sobre sociedades

análisis financieroEste mes es el que en la mayoría de los casos se presenta el impuesto sobre sociedades. El trabajo debe estar básicamente hecho, pues la planificación fiscal de este gran impuesto se hace en los meses de diciembre y enero. Sin embargo, nuestra recomendación es una planificación estratégica a largo plazo, más allá del cierre que comentamos al concluir el año, donde básicamente se revisa que lo planificado se vaya cumpliendo y donde se chequean todos los puntos sensibles para verificar su correcto cumplimiento.

Pagar este impuesto es una buena señal, pues se paga sobre el beneficio, y es una de esas victorias amargas donde todo el mundo quiere ganar lo máximo y pagar lo mínimo, lo que siendo el impuesto a pagar un porcentaje del beneficio conseguido resulta paradójico. Una buena planificación puede llevar a un ahorro considerable, el problema es cuando se quiere aplicar al impuesto la técnica de las reformas caseras, y ya que estamos pedidos un poco más, y otro, y otro… y al final el presupuesto se dispara.

En esta ocasión nos gustaría hacer pedagogía financiera, y recomendar pagar lo que corresponda sin buscar artificios extraños, pues lo que en un principio puede parecer tan ventajoso, porque ahorra el pago del impuesto, luego se vuelve en contra de la empresa al solicitar financiación para ese gran proyecto que desea acometer y que, por el maldito impuesto, resulta que el banco no está dispuesto a financiar.

Los impuestos son una faceta muy importante en todo negocio, pero recuerda que no es la única, así que cuando planifiques el pago del impuesto sobre sociedades no olvides revisar tu solvencia financiera, tu relación con bancos y proveedores, tu imagen cara a clientes… y si no sabes hacerlo recuerda que nosotros podemos ayudarte también en ese asesoramiento financiero.